El Fuero


Mtro. José Luis Márquez Figueroa*
Debo de confesar que no soy un ducho en las leyes, pero movido por la curiosidad, tocaré un tema polémico que desde hace mucho tiempo está en boca de jurisconsultos, jueces, magistrados, políticos y la sociedad en general; recuerdo que una vez, tratando el tema en un salón de clases el maestro se refirió a un ganadero de Comala, que por azares del destino llegó a ser diputado local, varios de sus amigos determinaron hacerle una broma, y le dijeron que fuera a exigir el fuero a la cámara correspondiente, y así lo hizo, llegó muy envalentonado y les dijo: ¡Vengo por mi fuero!, por supuesto nadie de los asistentes le hacía caso, y el aprendiz de político con gran enojo les dijo, o me dan el fuero ahorita, o no los invito a la leche caliente al rancho… ya sabrán las carcajadas de los allí presentes; pero esto no paró allí, en el salón de clases había dos compañeras de Comala, el maestro tratando de enmendar, se dirigió a una ellas diciéndole, – No me refiero a tu papá. Hubo un silencio sepulcral, pero el embrollo ya estaba hecho, estuve a punto de soltar la risa, pero me contuve.
Pero entremos en materia, y creo que desde la formación de las “Gens” con el consejo de ancianos, se les dio cierto poder y fuero para juzgar y no ser juzgados, porque se supone que ellos deliberaban las penas o sanciones a los infractores y, por qué no, hasta estímulos. La cultura Sumer tenía su Ley del Talión, en donde los poderosos que cometían algún ilícito mandaban a un esclavo para que él recibiera el castigo. Se dice que el origen de la palabra fuero proviene del latín fórum, “espacio abierto”, “predio sin edificar” para la “vida pública y judicial”, los tribunales de justicia que en la antigua Roma se utilizó El Coliseo y las plazas públicas para juzgar y en las mayorías de las veces el pueblo enardecido participaba y también en las basílicas se atendían juicios en el atrio, o en el areópago en Grecia también tenía esas facultades. Ya en el feudalismo, se le dio otro giro para proteger al monarca y su descendencia de controversias que le pudiesen afectar.
El fuero puede ser una jurisdicción: la potestad de aplicación de normas legales en casos concretos. También se llama fuero al estatuto jurídico que se aplica en una localidad en específico. Los fueros pueden ser aptitudes a las cuales se someten las partes de una disputa. “Era el año de 1017 cuando documentan uno de los primeros casos con el Fuero de León que decretó el rey de dicho lugar, Alfonso V, que daba a sus reinos protecciones y obligaciones al pueblo e instituciones. En el siglo XII comenzaron a fundarse universidades en distintas ciudades de Europa Occidental a partir, aproximadamente, de 1150, en el contexto del Renacimiento, uno de los casos más renombrados es el del fuero universitario, con lo que la policía en España y en otros países no podía entrar a los centros de enseñanza, a fin de que los disertadores pudieran expresar opiniones y desarrollar controversias o cuestiones. Las universidades medievales eran comunidades de los maestros y los estudiantes que, aunque tenían como principal función la enseñanza, también se dedicaban a la investigación y producción del saber, y cambio de constructos e ideologías, dando avance y generando vigorosos debates y polémicas.” (https://definicion.de/fuero/) En México tuvieron que pasar seis siglos para gozar de esas enseñanzas.
Eso se refleja en las crisis en que estuvieron envueltas la educación escolástica confesional de aquellos tiempos que los nuevos descubrimientos cuestionaron el poder político de reyes, señores feudales, emperadores y el eclesiástico, de papas, obispos y órdenes religiosas. Estas universidades fueron fundadas en Italia, en Inglaterra, en España y en Francia (refugio de grandes filósofos) para el estudio del derecho, la medicina y la teología de la enseñanza implicaba el estudio central de las llamadas siete artes liberales: el trívium: gramática, retórica y lógica; y el quadrivium: aritmética, geometría, música y astronomía.
Puede decirse que el fuero es un amparo que permite que sus portadores no sean sometidos a procesos judiciales. En el caso de la política, da gobernabilidad al evitar que enemigos de algún gobierno desestabilicen al mantenerlos bajo denuncias sin la posibilidad de trabajar, para que así no sean movidas las demandas por política más que por verdadera justicia, o en su caso con el fin de proteger a los políticos de persecuciones de opositores al terminar sus cargos, pero puede llegarse al abuso y desencadenar el autoritarismo de quien lo posee, o a una simulación de que se actúa conforme a la ley en la palabra, pero en los hechos no se es congruente. Se ha visto en la actualidad que casi al término de los mandatos nacionales, estatales o municipales, se toman decisiones arbitrarias del grupo en el poder para beneficiarse, afectando al grueso de la sociedad pero, como ellos se cobijan en el fuero, se hacen los intocables.
México, al nacer como nación, desde la Nueva España adquirió la estructura política de España que incluía el fuero parlamentario para los políticos, empezando por los representantes de la corona como el propio Virrey, aunque el rey Carlos III creó en contrapeso el “juicio de residencia”, equivalente al juicio político, donde en España misma, debían así evitar la corrupción y obtener un equilibrio de honradez en la administración pública de Las Indias para bien de los habitantes. Los diputados serán inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo ni caso, ni por ninguna autoridad, podrán ser reconvenidos por ellas. “En las causas criminales, que contra ellos se intentaren, no podrán ser juzgados sino por el Tribunal de las Cortes, en el modo y forma que se prescriba en el reglamento del gobierno interior de las mismas. Durante las sesiones de las Cortes, y un mes después, los diputados no podrán ser demandados civilmente, ni ejecutados por deudas”, es como nació en la Constitución de Cádiz, proclamada en las Cortes de España en marzo de 1812, en su artículo 128 Capítulo VI.” (archivos.juridicas.unam)
En varios pasajes de la historia como la aprehensión de diputados, por la oposición entre Agustín de Iturbide y el Congreso, éste se declaró en Asamblea Extraordinaria exigiendo el respeto a su soberanía y a la inviolabilidad de sus opiniones, derechos que fueron concluyentes en el Decreto del 24 de febrero de 1822. En 1824 nació la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, y en ella integraron como atribución del Poder Legislativo. “El fuero sirve para que en tribuna (los legisladores) cuestionen lo que hacen otros partidos, al gobierno, que sean críticos con los nombramientos a magistrados o consejeros, tratar de eliminar por completo el fuero es no entender la importancia de garantizar la independencia que deben tener senadores y diputados del poder Ejecutivo”, explicó el constitucionalista.
El fuero parlamentario tiene su origen en la separación de poderes el legislativo, ejecutivo y judicial y la búsqueda de la independencia del poder legislativo con respecto al ejecutivo, sobre todo en el caso de las monarquías parlamentarias. Flores Mendoza, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, aseguró que “la figura del fuero debe existir para senadores y diputados, para garantizar la libertad de expresión y evitar persecuciones políticas”. Señala que “La figura (de fuero) aún no se ha entendido correctamente, si bien es una protección para un legislador y otros funcionarios, no fue creada expresamente para que se sintieran con permiso de cometer delitos, ese no es el origen del fuero y debe quedar muy claro”.
Existe una historia, registrada en el libro La otra historia de Méjico, Díaz y Madero, la espada y el espíritu, de Armando Fuentes Aguirre, “Catón”, que nos cuenta que, durante una de las innumerables guerras, batallas, revoluciones y contrarrevoluciones que en el siglo XIX. En marzo de 1867 el Emperador Maximiliano de Habsburgo quedó sólo defendiendo su imperio de ultramar, en México. Napoleón III, que lo embarcara en esta aventura, se retiró junto a sus tropas dejando algunos destacamentos de soldados franceses y belgas. Sumadas a las tropas que le eran leales, el austriaco logró reunir un ejército de 9.000 hombres, con los que, aconsejado por sus generales, se hizo fuerte en Querétaro desde donde pensaba iniciar una ofensiva en contra de las tropas republicanas de Benito Juárez.
Pero Juárez contaba con cuatro veces esa cantidad de soldados y junto a él luchaban algunos norteamericanos fogueados en la Guerra de Secesión. Además, disponía de armamento moderno, especialmente artillería, excedente de esa misma guerra. Aun así, Maximiliano logró resistir casi tres meses el asedio de los mexicanos hasta que, traicionado por el coronel Miguel López del Ejército de la Emperatriz, que entregó al enemigo las claves para poder entrar, Querétaro cayó. Junto con perder la ciudad, Maximiliano perdió el trono y un mes después la vida, porque fue fusilado. A su lado cayó toda su plana mayor, entre los que se contaba el general Severo del Castillo, jefe del Estado Mayor del Ejército Imperial, que al igual que todos los demás, fue condenado a enfrentar el pelotón de fusilamiento, se produjo un episodio que dio origen al uso de esta expresión para dignificar el peso de la palabra empeñada.
A la espera de que se consumara la sentencia, la custodia del general del Castillo le fue encomendada al coronel Carlos Fuero, que había sido alumno del general en la academia militar. Nos cuenta “Catón” que la noche previa a la ejecución, el condenado pidió hablar con su antiguo alumno, que en ese momento se encontraba durmiendo. Aun así, accedió a lo solicitado y se dirigió a la celda del hombre que vivía sus últimos momentos.
─Carlos, disculpa que te haya despertado, pero necesito pedirte un favor.
─Si se puede…
─Como me quedan sólo algunas horas de vida, me gustaría confesarme y hacer mi testamento. ¿Sería posible que enviaras por el Reverendo Montes y el licenciado Vásquez?
─No creo que sea necesario hacerlos venir, mi general.
─ ¿Por qué? ¿Acaso no me vas a dar la oportunidad de dejar arreglados mis asuntos mundanos y con el Creador? En este momento tan trascendente para mí, me permito recordarte la amistad que nos unía con tu padre ─replicó, molesto, el condenado.
─No se trata de eso mi general, sino que es mucho más simple que usted acuda donde ellos.
─ ¿Qué me estás proponiendo, Carlos? ─preguntó el general, extrañado.
─Lo que le digo. Usted se va a encontrar a esas personas, mientras yo me quedo en esta celda en su lugar. Ofreceré mi vida a cambio de la suya.
─ ¡Pero lo que dices es una locura!
─Es más sensato que enviar por dos personas a las que habrá que buscar y el tiempo corre en su contra.
─ ¿Y cómo sabes que regresaré?
─Porque lo conozco y sé que usted me dará su palabra de honor.
─Por supuesto que cuentas con ella, hijo ─le dijo, abrazándolo.
El coronel Fuero dio instrucciones a la guardia para que permitieran la salida del general y les explicó que él ocuparía su lugar en la celda.
Por la mañana, muy temprano, apareció por el cuartel el general Sóstenes Rocha, superior de Fuero, quién de inmediato fue informado por los guardias de lo ocurrido. Rápidamente se dirigió a la celda donde encontró encerrado a su subalterno.
─Entonces es verdad lo que me informaron en la guardia.
─ ¡Sí, mi general! Si él no regresa, me fusila a mí.
─ ¡Tú estás loco! Tú no me sirves como ajusticiado. Lo necesito a él, que es el enemigo.
─No se preocupe, mi general. Sé que regresará.
Mientras se desarrollaba este diálogo, se escuchó la voz del centinela gritar:
─ ¿Quién vive?
La respuesta no tardó en llegar
─ ¡Un prisionero de guerra!
El general Del Castillo, después de arreglar los asuntos pendientes, regresaba para enfrentar su destino.
Sóstenes Rocha, que hasta ese momento dudaba de la decisión de su subalterno, comprendió en cuánto valoraban ambos soldados la palabra empeñada y se emocionó. Por su boca la historia llegó a su superior y de ahí al mismísimo Benito Juárez, que comprendió tanto el gesto de Fuero como el valor de del Castillo y perdonó a ambos. (www.facebook.com/permalink.php)
El Desafuero. En 1909 ocurrió el primer caso de desafuero en el país. El entonces diputado José López Portillo y Rojas, abuelo del presidente José López Portillo (1976-1982), fue acusado de fraude y perdió su protección constitucional para pasar a ser juzgado. En México suman nueve casos, donde el más reciente es el del 13 de junio del 2016 que con 400 votos aprobaron contra la diputada del PAN de Sinaloa, Lucero Sánchez, por ingresar con documentos apócrifos al penal del Altiplano para visitar a Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera.
Desde el caso del 14 de diciembre de 1935, contra el senador Manuel Riva Palacio, a quien lo quitaron el fuero por conspirar contra la presidencia de Lázaro Cárdenas. Otros fueron contra los diputados Carlos Madrazo, Sacramento Joffre y Pedro Téllez Vargas, quienes fueron acusados de traficar con tarjetas para contratar braceros en Estados Unidos; el senador Félix Ireta Viveros fue desaforado al ser acusado de falsificación de documentos, aunque comprobaron su inocencia y volvió a sus funciones en el 1951. Al senador Jorge Díaz Serrano le quitaron también el fuero en 1983 tras ser señalado de fraude por un monto de 5 mil 100 millones de pesos en Pemex. A René Bejarano Martínez en el 2004 por revelar video donde recibe dinero del empresario Carlos Ahumada. Lo juzgaron y salió libre al pagar fianza de 175 mil pesos. A Andrés Manuel López Obrador en el 2005 lo acusaron de violar orden judicial por construir calle en un terreno expropiado. Que al parecer no prosperó. A Julio César Godoy Toscano en el 2010 por nexos con la Familia Michoacana. (razon.com.mx/mexico/el-desafuero)
A casi 200 años de mantener esta prerrogativa, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador renuncia a ese privilegio, el mandatario destacó que este es un gran avance, que ya se aprobó en las dos cámaras y ya solo falta que se apruebe en 17 Congresos locales para entrar en vigor, se cree que no habrá ningún problema y antes de que termine el año entrará esta reforma constitucional. La reforma permitirá imputar y juzgar al presidente por traición a la patria, corrupción, delitos electorales, y todos aquellos crímenes por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.
“La Cámara de Diputados aprobó de forma prácticamente unánime este miércoles la reforma constitucional a los artículos 108 y 111 que eliminará el fuero del presidente de México. Ahora pasará al Senado para su discusión y análisis. El Pleno aprobó con 420 votos a favor, 15 abstenciones, y cero en contra. Para los legisladores, antes de ser sometidos a juicio, el Congreso de la Unión debe declarar si se procede a juzgarlos a través de un proceso de desafuero. Solamente así se les puede juzgar como a cualquier otra persona.” (infobae.com2020/09/02)
Es importante destacar que tanto diputados como senadores pierden el derecho de inmunidad en el momento en que termina su cargo en las Cámaras. Permitirá imputar y juzgar al presidente por: traición a la patria, corrupción, delitos electorales, y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano. Para proceder penalmente sólo se podrá hacer ante el Senado. El opositor PAN (Partido Acción Nacional) señaló que la reforma no eliminaba de forma efectiva la inmunidad del presidente. “El fuero continúa. Se ampliaron las posibilidades para enjuiciar al presidente, pero sigue siendo ante las Cámaras. Hablemos a México con la verdad, no con discursos floridos”, expresó el legislador panista Elías Lixa.” (infobae.com2020/09/02)
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 108 Y 111 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Artículo Único. – Se reforman el párrafo segundo del artículo 108 Y el párrafo cuarto del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 108. … El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos contenidos en el segundo párrafo del artículo 19 de esta Constitución.
Artículo 111. … Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable (http://www.diputados.gob.mx/sia/coord/refconst_lviii/html/256.htm)
“Unión, a fin de que puedan ser imputados y juzgados, además de traición a la patria, por hechos de corrupción, delitos electorales o cualquiera de los señalados en el segundo párrafo del artículo 19; es decir en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito.” (BATRES 2020)
Cierto es que como se dijo anteriormente, el ponerse en el blanco de sus opositores, si puede ser desaforado y enjuiciado si se le comprueban tales delitos, el presidente deberá presentar una conducta intachable que durante su mandato y que al término del mismo, no quede duda de sus acciones en favor del México que atraviesa por las crisis históricas económica, de salud, y de educación aunado el flagelo de las drogas, crimen organizado, feminicidios, y delitos electorales; puede ser que no sean de su “incumbencia” pero su investidura es de representante de todo el pueblo mexicano. El Senador Cristóbal Arias Solís comenta que “Se termina el presidencialismo que tanto daño le hizo a México, evitando la corrupción y la impunidad y el presidente o expresidente se pueda ver cara a cara con un juez”
- D. Mis más sinceras condolencias al amigo Isauro Gutiérrez Hernández director de esta revista, por la irreparable pérdida de su señora madre, esperando que el Gran Arquitecto le envíe la fortaleza y resignación suficiente.
*Investigador del Centro Colimense de Investigaciones Educativas
Fuentes consultadas:
https://definicion.de/fuero/
http://www.diputados.gob.mx/sia/coord/refconst_lviii/html/256.htm
https://www.razon.com.mx/mexico/el-desafuero-en-mexico-solo-8-en-su-historia/
https://www.eluniversal.com.mx/opinion/marti-batres/inmunidad-presidencial-y-fuero-legislativo.
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/09/02/la-camara-de-diputados-aprobo-quitarle-el-fuero-al-presidente-de-mexico-pasa-al-senado/
https://www.infobae.com/america/mexico/2020/09/02/la-camara-de-diputados-aprobo-quitarle-el-fuero-al-presidente-de-mexico-pasa-al-senado/
