Estado laico. Normatividad de la armonía


Ana María Pérez Romero
Ciertamente que el tema del estado laico ha cobrado auge, no sólo en el contexto de nuestros centenarios, sino, particularmente por la recientemente incrementada actividad política de los miembros del clero católico. Un tema vital para una adecuada y armónica convivencia en un país, como el nuestro, de suyo polifónico y que por lo tanto debe ser ampliamente discutido.
Para poder abrir el tema se precisará, como en todo análisis, que pretenda ser serio, de retomar el asunto en sus raíces: Iniciaremos pues, por decir que cuando hablamos de laicidad es preciso comprender que no se trata, como muchos suponen, de un ataque a las instituciones religiosas, como mal se entendió en el siglo XIX al generarse las reformas políticas de desamortización de los bienes del clero, proceso generado en beneficio de la certidumbre institucional de los ciudadanos de un país libre.
No, no se trata de una confrontación, así debemos asumirlo en primer término.
¿De qué hablamos entonces cuando hablamos de un estado laico?
Por principio, debemos retomar el origen del estado, su constitución como institución rectora de los destinos de un pueblo que le entrega su soberanía para que, mandatado, la ejerza. La función principal que todo estado que se precie de ser justo y debe ejercitar, es la de mantener el orden interno y preservar la seguridad externa, en beneficio de la creación de riquezas que permitan el desarrollo armónico de la nación (si de estados-nación hablamos).
La convivencia armónica ha de ser entonces la piedra de toque, en la cual se ha de fundar toda acción de gobierno.
Todo país es múltiple, cultural, social y políticamente hablando, es una policromía de pensamientos, ideas, raíces, orientaciones, tendencias… Ninguna más que las otras, pero ninguna menos.
¿Cómo puede lograr el estado, entonces, ese ambiente de convivencia armónica? Estableciendo mecanismos de respeto a la diversidad, sin duda, estableciendo las reglas de un juego en el que todos los participantes tengan el derecho y la obligación de hablar y de ser escuchados, a la par que escuchar e interactuar con todo aquel que tenga algo que decir. Respeto a la diversidad, a la multiculturalidad y al ejercicio personal de las decisiones que se quedan en el ámbito de lo privado.
Es aquí en donde entramos en un terreno de análisis en el que debemos detenernos un momento. Retomando a la filosofa alemana Hannah Arendt, debemos hurgar un poco en estos dos conceptos: Lo público y lo privado. Para esta autora, existen dos ámbitos en los que se desenvuelve la vida humana: El privado, invisible, doméstico, interior, personal, propio y El público, externo, visible, político, el mundo de la apariencia – del aparecer en el mejor de los sentidos estéticos – aquel en el que devenimos personas con los otros y frente a los otros, aceptando y creando de manera participativa normas de convivencia que, siendo creadas por todos, deben ser por todos aceptadas.
Esta división la propone siguiendo el modelo griego antiguo, en el que lo doméstico era el espacio privado de ejercicio del poder del paterfamilias, y requisito indispensable para la vida cívica, para la polis, en la que se manejaba la norma, la ley, como marco de referencia de lo que era posible y no, hacer.
Lo público se constituye entonces en el mundo común, aquel en cuya construcción,todos participamos y de la cual todos somos responsables.
Habrá que hacer aquí, la salvedad de que para el griego antiguo, la polis era constituida solo por las personas que tenían el estatuto de libres (esclavos y mujeres estaban solamente destinados al ámbito doméstico y eran, por tanto “invisibles”) circunstancia, para ventura humana, que ha sido ampliamente rebasada, en nuestros días, tanto por lo que compete a la esclavitud, como a la servidumbre femenina.
¿Qué es lo que se encuentra reservado pues, al ámbito de lo doméstico?:
Toda aquella actividad que sirva para preservar, mantener, reproducir y enriquecer la vida: la reflexión, el pensamiento interno, el autoconocimiento, el goce (corporal incluso), la organización económica, la religión, la formación moral y la ética, pueden ser citados, entre los elementos mínimos, a realizar al interior de la casa (oikos), actividad que, en evidencia de razones, está organizada y realizada por los miembros de la familia bajo la autoridad y la protección del patriarca, aunque este término parece mucho más romano, pero esa es la concepción histórica de la propiedad griega, de la familia, del ámbito privado.
Luego, en el ámbito de lo público se ejercitaba la construcción de las normas de convivencia que le dieran al ciudadano la posibilidad de SER LIBRE, entendida esta libertad como “no mandar, ni ser mandado”, acciones en términos personales, es decir: en el ámbito político, en la bios política nadie podía mandar a nadie, pero todos estaban obligados a obedecer la ley. Luego, era la ley el máximo ordenamiento al que debían someterse, en beneficio de la vida armónica que pretende toda estructura organizada de convivencia social de un grupo humano. Toda Polis.
Si tenemos los oídos prestos, podemos sin duda, ver la reminiscencia bíblica en este análisis, si les suenan familiares las frases: Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. En una natural y aceptada separación de los ámbitos de acción de cada actividad.
Luego, si ha sido tan nítidamente diferenciada esta discusión desde hace siglos, y justamente en la cuna de nuestra civilización, se antoja realmente una regresión, el pretender ahora, veinte siglos después, mezclar cosas de suyo insolubles…
¿Dónde radica el quid de la questión? En que aprendamos a separar ambas esferas y que dejemos en el ámbito de lo privado (de lo personal, de lo íntimo, de la conciencia) a aquello que pertenece ahí y que ejerzamos en lo público, lo que corresponda, la creación de leyes, la organización de la comunidad, la distribución equitativa de los ingresos públicos, la generación de obras e infraestructura, la educación de las nuevas generaciones (en lo que a ciencia, tecnología y saberes se refiere), la protección frente a la delincuencia, lo público, lo común, lo que es de todos… y a todos nos interesa.
Mucho se ha dicho que la laicidad, al menos en nuestro país, es una obra liberal por su cuño legal, no podemos sino afirmarlo y adjudicarle la paternidad al más insigne de nuestros hermanos, al I.’. y Pod.’. Benito Pablo Juárez García y a toda la pléyade de pensadores liberales que le acompañaron en su travesía de gobierno, porque justo es decirlo, si la envergadura del presidente es de gigantescas proporciones, no lo es menos la de los ministros que acuñaron, defendieron e impulsaron dichas reformas.
Si recordamos nuestros orígenes, de americanos nativos, vivíamos en una sociedad teocrática, aztecas, pirindas, p’urepechas; vivían al cobijo mágico de los dictados de sus divinidades, cosmología que aún ahora se antoja conocer y comprender, sobre todo en lo relativo a la relación hombre–naturaleza que tiene tanto que enseñarnos…
Luego, conquistados por los españoles, otro pueblo teocrático, se entronizó en nuestra sociedad, incluso en la mente de nuestros libertadores – baste recordar los Sentimientos de la Nación, dictados por el insigne José María Morelos y Pavón, hijo ilustre de esta tierra – la obligatoriedad de profesar una fe, una sola: la católica, como si el ejercicio de conciencia debiera obedecer mandato externo y no fuera, como ya hemos señalado, del ámbito de lo privado, del ejercicio personal de la convicción de creer o no creer, de acuerdo con su libre arbitrio.
Pero es menester identificar las condiciones sociales imperantes entonces, cuando la religión se constituyó en el principal instrumento de sometimiento de los naturales, dudándose incluso de la categoría de seres humanos de todo aquél que no profesara dicho credo.
Luego, de origen, nuestro pueblo fue teocratizado….Es ahí en donde surge la figura enhiesta del Benemérito de las Américas, quien es el primero en establecer los límites que deben figurar en el accionar de los ciudadanos y de la vida privada, limitando a ésta el ejercicio de la profesión de fe y por tanto eliminando de la vida pública la intervención del clero, católico, sí, pero no porque lo fuera, sino porque era el único permitido.
No es sino hasta nuestra constitución de 1917, cuando se estampa, merced a otro baño sangriento, en el Artículo 24 de nuestra Carta Magna, el derecho de todo individuo de profesar la religión que le apetezca, garantizando el estado su derecho de ejercitarla, sin menoscabo alguno a su condición ciudadana, imponiendo, sin embargo, límites a su expresión pública, precisamente para evitar que cualquier otra pudiera sentirse agredida. Argumento que evidentemente peca de un gran desvío a la luz de los hechos.
Gran avance sin duda ha sido que en tiempos recientes se haya incorporado a nuestro máximo ordenamiento la categoría de laico a la definición de nuestra nación mexicana. Un avance sin precedente en el ejercicio racional de nuestra convivencia.
Ahora solo falta que quienes tenemos el uso de la voz, de la razón y de la congruencia, seamos lo suficientemente elocuentes para hacer ver a quienes se sienten agredidos, que no hay tal, que simple y llanamente se trata de un mecanismo de convivencia en la diversidad, convivencia que tiene que pasar por la normatividad de las acciones personales –siendo la religión una de ellas– por lo que es preciso entonces, que su ejercicio y manifestación se circunscriba al ámbito de lo privado. Al César lo del César…
