Garantiza 75 Legislatura, aplicación eficiente de recursos contratados en Aporo

A fin de dar claridad a la aplicación del financiamiento que puede contratar el municipio de Áporo, para dotar de infraestructura necesaria al servicio de panteones, la 75 Legislatura aprobó reformas al Decreto 190, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el día 16 de agosto del 2022.
Así, la iniciativa con carácter de dictamen presentada por las comisiones unidas de Hacienda y Deuda Pública y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, reforma el referido decreto, derivada de la petición del propio edil de ese ayuntamiento, con lo que el municipio de Aporo estará en condiciones de iniciar con los trámites para la obtención del financiamiento.
El Pleno aprobó la reforma al artículo segundo transitorio, para establecer que el recurso recaudado en el concepto de ingresos “Por Servicio de Panteones” y/o las participaciones presentes y futuras que en ingresos federales le correspondan al municipio de Áporo del Fondo General de Participaciones, podrán ser destinados al pago del Servicio de la Deuda contraída por el presente Decreto, durante la vigencia del crédito hasta su conclusión.
En la propuesta, se observa la medida de prevención de la dirección del Sistema Informático del Registro Público Único, adscrita a la Dirección General Adjunta de Deuda Pública de Entidades Federativas y Municipios de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que deriva de la solicitud de inscripción en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios del Contrato de Apertura de Crédito Simple, celebrado, entre el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. y el Municipio de Áporo, Michoacán.
En ese sentido, las comisiones determinaron procedente la solicitud, considerando que obedece a la sugerencia de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas y Municipios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que es la autoridad responsable de llevar a cabo la inscripción de obligaciones y financiamientos en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.Para brindar más y mejores garantías a las mujeres justiciables, la 75 Legislatura aprobó reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, que establece la obligación de los y las juezas de dicho Poder, de capacitarse y actualizarse para que los asuntos de su competencia, se procesen con perspectiva de género y bajo el principio del interés superior de la infancia.
Las Comisiones Unidas de Justicia y de Igualdad Sustantiva y de Género dictaminaron la iniciativa presentada en su momento por la diputada Mónica Lariza Pérez Campos, que reforma los artículos 118 y 121 de la ley en mención, para que los impartidores de la justicia cuenten con los conocimientos técnicos en materia legal y los criterios más relevantes y actualizados en materia de perspectiva de género e interés superior del menor, por medio de cursos impartidos a través del Instituto de la Judicatura.
Dicha modificación a la ley que fue avalada por el Pleno del Congreso local en sesión ordinaria, establece que los concursos para jueces de primera instancia incluirán un apartado sobre control difuso de constitucionalidad, convencionalidad, perspectiva de género, interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como mecanismos alternativos de solución de conflictos y controversias.
Asimismo, se planteó que el Poder Judicial de Michoacán deberá armonizar su reglamentación en un término no mayor a noventa días naturales, que contarán a partir de la entrada en vigor de las reformas realizadas, con su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Finalmente, las y los legisladores concluyeron que estas herramientas jurídicas les permitirán ejercer su labor sin sesgos de género y buscando en cada caso concreto, juzgar con igualdad sustantiva e incluso emitiendo medidas o soluciones que impulsen un cambio cultural, coadyuvando desde la administración de justicia, a combatir el rezago y la desigualdad de género.
